Preguntas frecuentes sobre CBAM
¿Qué es CBAM?
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) es una medida implementada por la Unión Europea (UE) para combatir el cambio climático. Este mecanismo establece un ajuste de carbono para determinados productos importados a la UE con altas emisiones asociadas, incluidos aquellos que contienen acero, hierro o aluminio. El cálculo tiene en cuenta tanto la huella de carbono del producto como los impuestos o mecanismos de fijación de precios del carbono ya aplicados en el país de origen.
En el caso de productos de acero y acero inoxidable (como tornillería, tuercas o arandelas), la normativa obliga al importador a:
- Declarar las emisiones de CO₂ asociadas al producto.
- Adquirir certificados CBAM equivalentes a dichas emisiones.
Es importante destacar que no se trata de un recargo comercial, sino de una obligación legal impuesta por la Unión Europea.
¿Quién se ve afectado por CBAM?
El CBAM se aplica inicialmente a las importaciones de determinados bienes y precursores seleccionados cuya producción es intensiva en carbono y presenta el mayor riesgo de fuga de carbono: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. Finalmente, los productos de fijación también fueron incluidos en esta clasificación.
Actualmente, los importadores de la UE deben comunicar trimestralmente a la Comisión Europea información detallada sobre las emisiones de los elementos de fijación importados durante ese trimestre. Los datos que deben reportar incluyen información relacionada a la fabricación del propio elemento de fijación y a la fabricación de los precursores utilizados para producir dichos elementos de fijación.
¿Qué necesitas hacer?
A partir del tercer trimestre de 2024, dentro de la denominada “Fase de Transición”, todos los importadores de bienes en la Unión Europea (UE) que estén bajo la regulación CBAM, deben proporcionar un “informe con información detallada” de los bienes afectados. Este informe debe presentarse trimestralmente.
Los datos relevantes (el volumen de elementos de fijación importados por partida arancelaria y proveedor, así como las emisiones directas e indirectas asociadas a su fabricación, expresadas en toneladas de CO₂ por tonelada de producto) deben ser calculados y facilitados por la empresa que fabrica los elementos de fijación fuera de la UE (denominada “operador de la instalación”) y comunicados a los importadores europeos a los que suministra dichos productos, como Bossard.
La EFDA (Asociación Europea de Distribuidores de Fijaciones) ha puesto a disposición de sus miembros una plantilla estandarizada para recopilar los datos relevantes de sus proveedores.
Los operadores de las instalaciones y demás proveedores deben completar dicha plantilla con los datos correspondientes a cada trimestre y remitirala a la parte importadora (Bossard).
La plantilla incluye instrucciones y directrices para facilitar la correcta introducción de la información requerida.
- Fase de Transición (2023–2025): CBAM se aplica a las importaciones de ciertos bienes (por ejemplo, hierro, acero y fijaciones) con producción intensiva en carbono. A partir del tercer trimestre de 2024, se requiere un informe trimestral con cálculos detallados de emisiones.
- Régimen Definitivo (a partir de 2026): A partir de 2026 se requiere un informe anual. Los importadores de la UE de bienes cubiertos por CBAM deben registrarse y comprar certificados CBAM con impacto financiero, basado en las emisiones de los bienes importados y reportados. El precio del certificado se basa en el precio promedio semanal de subasta de las asignaciones del Sistema de Comercio de Emisiones de la UE (ETS).
Régimen definitivo de CBAM (a partir de 2026)
- Los importadores de la UE de bienes cubiertos por CBAM se registrarán ante las autoridades nacionales donde también podrán comprar certificados CBAM. El precio de los certificados se calculará dependiendo del precio promedio semanal de subasta de las asignaciones del ETS de la UE expresado en €/tonelada de CO2 emitido.
- Los importadores de la UE declararán las emisiones incorporadas en sus importaciones y entregarán el número correspondiente de certificados cada año.
- Si los importadores pueden demostrar que ya se ha pagado un precio por el carbono durante la producción de los bienes importados, se puede deducir la cantidad correspondiente.
¿Dónde obtengo soporte?
EFDA, la Asociación Europea de Distribuidores de Fijaciones, ha preparado una guía y plantilla para el formulario de adquisición de datos del proveedor de fijaciones. Este documento contiene toda la información y detalles importantes que son relevantes para la finalización del informe de emisiones.
¿Cómo debo calcular las emisiones?

Por favor, sigue las instrucciones detalladas en la Guía EFDA.
También puedes ver nuestro breve video de orientación sobre la plantilla EFDA en general y cómo ingresar datos ya calculados.
¿Cómo debo calcular los datos usando la plantilla EFDA?

Por favor, sigue las instrucciones detalladas en la Guía EFDA.
También puedes ver nuestro breve video guía sobre cómo calcular datos usando la plantilla EFDA.
¿Cómo debo informar?
La presentación de los datos requeridos será posible a través del Portal de Proveedores de Bossard, ya sea ingresándolos directamente o cargando la plantilla EFDA completada.
Bossard está configurando este sistema e informará a los proveedores pronto con información adicional.
¿Cuál es la plantilla EFDA para proveedores?
EFDA ha proporcionado a sus miembros, los importadores de fijaciones en la UE, una plantilla que pueden usar para obtener los datos relevantes de sus proveedores. La plantilla es una versión simplificada de la hoja final de la plantilla de comunicación de la UE, "Resumen de Comunicación." Incluye una guía que ayuda a los operadores de instalación y otros proveedores a ingresar los datos correctamente en la plantilla.
¿Qué pasa si entrego a Bossard diferentes artículos bajo el mismo código CN de 8 dígitos?
Si entrregas a Bossard diferentes artículos bajo el mismo código CN de 8 dígitos (diferentes tamaños, recubrimientos, etc.), infórmelos bajo el mismo código CN con cifras promediadas hasta nuevo aviso. La razón de esto es que en Bossard, junto con otras empresas de la EFDA, hemos decidido adoptar un enfoque más simple para facilitar la gestión a todas las partes. Sin embargo, esto cambiará para 2026 cuando la diferenciación entre los mismos códigos CN será deseable y será una gran ventaja para los clientes en el futuro.
¿Cómo se verá la información solicitada en el futuro (a partir de 2026)?
A partir de 2026, los datos de los proveedores se recopilarán anualmente. Además, los importadores de la UE (Bossard) deberán adquirir certificados CBAM basados en las emisiones reportadas, lo que hará que la diferenciación entre productos (por ejemplo, diferentes máquinas de conformado, recubrimientos/superficies, con/sin tratamiento térmico) con los mismos códigos CN sea ventajosa. Esta diferenciación debería resultar en menores emisiones y ofrecer una ventaja significativa para el cliente.
¿Qué pasa si no hago nada?
CBAM es una legislación de la UE y es obligatoria para todos los importadores de la UE de bienes afectados. El incumplimiento resultará en consecuencias legales y financieras para los importadores de la UE (Bossard). Esto significa que si los proveedores no pueden proporcionar los datos solicitados, existe la posibilidad de que se termine el negocio futuro.